Ante
un panorama nada halagador como el que acabamos de escribir, es indispensable
contar con un grupo de personas con conocimientos específicos en la materia
para que auxilien al departamento de recursos humanos en su cometido de otorgar
seguridad al trabajador en el desempeño de sus labores.
Existe
grupo de individuos forman la Comisión Mixta de Higiene y Seguridad. Se llama
mixta porque está integrada por representantes de la organización y de los
propios trabajadores. Su organización y funcionamiento están previstos en el
capítulo III del Reglamento de Seguridad e Higiene.
Requisitos
para pertenecer a dicha organización.
Ser trabajador de la organización y estar
vinculado al de trabajo.
Poseer instrucción general y experiencia para
desempeñar el cargo.
Gozar de la estimación general de los
trabajadores.
No ser adicto a bebidas alcohólicas, drogas,
enervantes o juegos de azar.
De preferencia, ser jefe de familia.
Obligaciones
que se contraen al pertenecer a dicha comisión.
Dictar
medidas para prevenir al máximo los riesgos que se presentan dentro de un
establecimiento.
Investigar
las causas de los accidentes y enfermedades profesionales.
Vigilar
que se cumplan las disposiciones de higiene y seguridad establecidas en los
reglamentos en vigor y que tiendan a conservar la salud de los trabajadores.
Poner
en conocimiento del patrón y de las autoridades respectivas las violaciones de
los trabajadores a las disposiciones
dictadas.
Dar
instrucciones sobre medidas preventivas a los trabajadores y orientarlos
respecto al peligro del trabajo que desempeñan.
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